Peretta apuntó a la nueva ley de Recetas Electrónicas: «Otro disparate de Vizzotti»
El Gobierno reglamentó la ley de Recetas Electrónicas o Digitales por ahi que cansado granjas dejarn de aceptar de este miércoles 1 de marzo las recetas digitales que sean enviadas por whatsapp y comenzarán a utilizar la nueva modalidad implementada en la Ley 27.553.
Su implementación será progresiva y coexistirá con las recetas en papel con firma manuscrita que llegarán a plena vigencia, pero from este martes ya no serán válidas las «recetas foto» que se utilizará de forma excepcional durante la pandemia de coronavirus y que todavía será aceptado por las personas con crónicas encerradas que habían quedado exceptuadas en una resolución de multas de diciembre pasado, informó la agencia Telelam.
Sin embargo, la medida seguirá el rechazo de marcelo perette, secretario general del Sindicato de Farmacéuticos y Bioquímicos y aliado de Patricia Bullrich. «La burocracia del Gobierno no tiene fin. Con el fin de facilitar la aplicación de la receta electrónica de las firmas digitales que se encuentren registradas en la ANMAT, de los profesionales de la salud”, expresó.
Marcelo Peretta: «Otro dispar kirchnerista, otro dispar de Carla Vizzotti»
En esa línea, añadió: «Acaba de crear una licencia sanitaria federal para todos los profesionales de la salud. Acaba de obligar a que todos los profesionales tengamos una clave única de identificación de profesional sanitario, lo cual va a demorar no menos de seis meses implementando».
«Es obvio que el Gobierno no quiere implantar la receta electrónica. Está claro que con esto lo único que quiere es seguir con la burocracia de la recibo de papel, seguir con los actos de corrupción, la falsificación de recibos, la mora en la obtención de la recibo y no hacer lo que hace el mundo con la aplicación de recibo electrónico. Otra kirchnerista dispar, otra dispar de Carla Vizzotti«, concluyendo.
La Ley de Recetas Electrónicas o Digitales
La reglamentación de la Ley 27.553 de Recetas electrónicas o digitales se realiza mediante el Decreto 98/2023, publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
en el caso de la regulación a nivel nacionalla implementación de los requisitos de las recetas electrónicas o digitales y el registro de sus plataformas será progresiva y con lo cual las recetas electrónicas y digitales que están siendo utilizadas de manera continua y continua si son válidas, en la medida en que cumplan con los requisitos básicos previstos por la normas vigentes y en los términos del cronograma que establece la reglamentación.
En este marco, por Resolución 305/2023, publicado también este martes en el Boletín Oficial, la cartera sanitaria nacional puso un plazo hasta el 31 de diciembre de 2023 para el registro que deberán realizar las plataformas y sistemas de receta electrónica o digital y de teleasistencia, en articulación con el registro que se defina en cada jurisdicción.
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A partir de marzo de 2024 se inicia el proceso de aprobación de todas las plataformas de aquellas que Hayan registró en el formulario online de registro provisional.
A su vez, de este martes, las farmacias dejarán de aceptar para el gasto de medicamentos la foto de la receta confeccionada en papel y recibida por el paciente a través de correo electrónico o WhatsApp, mientras que seguirán vigentes como hasta ahora las formas de receta física (papel) y la receta electrónica, según informado la ministra de Salud.
Cómo serán las nuevas recetas
El reglamento de la Ley 27.553, sancionada en julio de 2020, define como mínimos los datos que deben registrarse para la validación de comprobantes electrónicos o digitales y establece los requisitos de funcionamiento para las plataformas digitales, de modo de garantía que resguarden la confidencialidad y la inviolabilidad. de datos.
Los recibos deben contener la siguiente información: número, nombre, profesión, número de matrícula, domicilio, número de teléfono y correo electrónico cuando corresponda.
De acuerdo con el decreto, las recetas electronicas o digitales deben tener un identificador único que une profesional, medicamento y paciente, además de ser inalterables y seguras. Los deben ser datos confidenciales y los sistemas progresivamente interoperables para poder intercambiar información con multas sanitarias.
Entre las consideraciones de la norma, se indica que “el Estado Nacional se plantea la responsabilidad de avanzar en la senda de la modernización tecnológica y digital de los procesos inherentes a la atención de la salud, construyendo capacidades y generando un esfuerzo normativo a nivel federal que articula los avances tecnológicos con las necesidades del sistema de salud con centro en los y las pacientes».
En el anexo del Reglamento se establece, además, que los comprobantes electrónicos o digitales cuentan con una Vigencia de 30 días para el caso de los medicamentos y de 60 días para otras prescripciones (prácticas, estudios, prestaciones), salvo disposición en contrario, y pueden extenderse también para tratamientos crónicos para períodos prolongados de hasta 90 días, tal como lo establece la Resolución 27/2022 del Ministerio de Salud.
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¿Qué es la Licencia Sanitaria Federal?
Por otro lado, el decreto reglamentario crea la Licencia Sanitaria Federalque asignará una Clave Única de Identificación de Profesional Sanitario identificar de manera unívoca a los y los profesionales de la salud, como también accesar a los sistemas interoperables para la implementación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el Sistema Sanitario Argentino.
Mediante Resolución 304/2023, también publicada este martes, el Ministerio de Salud establece que, para contar con la Licencia Sanitaria Federal, el profesional deberá estar matriculado en alguna jurisdicción, y la implementación de la misma se realizará de acuerdo con las autoridades fiscales jurisdiccionales .
Además de las recetas electrónicas o digitales, la norma habilita la modalidad de Teleasistencia para el ejercicio de la medicinaodontología y actividades de colaboración en prácticas autorizadas de acuerdo a protocolos y plataformas aprobadas por la autoridad de aplicación.
El decreto designa al Ministerio de Salud de la Nación como autoridad de aplicación, con facultades amplias para su implementación progresiva en todo el territorio, en articulación con el Consejo Federal de Salud (Cofesa).
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